En una nueva columna de análisis jurídico constitucional, el abogado Francisco Zúñiga examina la necesidad de abandonar el uso del término “Constitución partisana” o de “partisanos”, en la calificación que se ha realizado del texto propuesto por el Consejo Constitucional, para hablar derechamente de una “Constitución sectaria” o “sectarismos” de tipo ideológico y político constitucional.
A su vez, llama a situar el debate de la “Constitución habilitante” en sus exactas coordenadas y examinar las consecuencias de tener una «Constitución hiperdesarrollada». Al respecto, concluye que el proyecto aprobado por el Consejo Constitucional es aún menos habilitante que la Constitución reformada que busca sustituir : más aún, expande el tamaño del Estado y el listado de autonomías constitucionales, amplía las instituciones contramayoritarias y su campo de acción, así como la funcionalidad contramayoritaria de los derechos fundamentales, lo que amenaza con una espiral de judicialización de sus reglas, como ocurre con la responsabilidad patrimonial del Estado legislador.
Este ejercicio de examinar las consecuencias de tener una “Constitución (hiper)desarrollada” debe ser emprendido críticamente, para tener opinión fundada acerca del texto que será prontamente sometido a un referéndum de salida.
Puedes revisar el análisis en: https://www.elmercurio.com/Legal/Noticias/Analisis-Juridico/2023/11/07/912968/precisiones-preliminares-debate-constitucional.aspx