El abogado de nuestra oficina y especialista en Derecho del Trabajo y Litigación Laboral, Lucas Favereau Villalobos, nos comparte un análisis sobre la reciente sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago, que el 4 de octubre de 2024 acogió un recurso de nulidad contra un fallo que había impuesto multas a una empresa por modificar unilateralmente la jornada laboral sin un acuerdo formal. La Corte sostuvo que un contrato colectivo, negociado con el sindicato, no puede ser modificado mediante una cláusula tácita, ya que requiere un acuerdo explícito. En consecuencia, las multas aplicadas por la Inspección Comunal del Trabajo de Santiago Norte fueron anuladas, reafirmando la importancia de respetar la autonomía colectiva y los principios de libertad sindical.
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Alerta laboral sentencia CA Stgo clausula tácita en contrato colectivo