Nuestro consejero, Doctor Marcos López Oneto, comparte un análisis sobre la entrada en vigencia de la Ley N° 21.634, que introduce importantes modificaciones a la Ley de Compras Públicas (Ley N° 19.886), a partir de este jueves 12 de diciembre.
Esta nueva normativa otorga a los jueces del trabajo la facultad discrecional de limitar la duración de la inhabilidad para contratar con el Estado, una sanción que en algunos casos había sido considerada desproporcionada.
La Ley N° 21.634 establece que la inhabilidad podrá aplicarse por un plazo máximo de dos años, salvo excepciones específicas. Para determinar la duración, el juez deberá evaluar factores como:
📜 El bien jurídico vulnerado.
⚠️ La magnitud de la infracción y los terceros afectados.
🔁 La reiteración de la conducta.
🏛️ El interés público comprometido.
⚖️ La proporcionalidad del impacto económico de la sanción, considerando tanto al inhabilitado directo como a quienes puedan verse afectados indirectamente.
Esta reforma busca equilibrar el rigor de las sanciones con la proporcionalidad, garantizando una aplicación más justa y acorde al contexto de cada caso.