Nuestro consejero Dr Marcos López Oneto, nos comparte un análisis sobre el dictamen N° 545/22 de la Dirección del Trabajo, emitido el 12 de agosto de 2024. En este dictamen, se aclara que para determinar si un cargo es de confianza y, por lo tanto, exento del cumplimiento de jornada laboral, no se debe considerar el lugar donde se ejecutan los servicios ni el tiempo que ello implique para el trabajador. Lo importante es evaluar las facultades otorgadas por el empleador para el desempeño de las labores, ya que estas son las que reflejan el grado de confianza depositado en el trabajador.
Además, el dictamen menciona que los cargos de confianza deben contar con facultades generales de representación y administración, y que estas atribuciones se ejerzan de manera habitual, no solo para operaciones específicas.
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Alerta laboral sobre cargos de confianza en empresa