El abogado de nuestra oficina, Lucas Favereau Villalobos, especialista en Derecho del Trabajo y Litigación Laboral, nos comparte un análisis relevante sobre una reciente sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago.
Con fecha 11 de noviembre de 2024, la Corte dictó fallo en los autos Rol N° 2745-2023, acogiendo un recurso de nulidad que valida la facultad de los empleadores para investigar y sancionar conductas de acoso laboral y sexual ocurridas fuera del establecimiento de trabajo, siempre que estén vinculadas a la relación laboral.
El caso involucró una denuncia de acoso sexual durante un evento recreativo entre trabajadores fuera del lugar de trabajo. La empresa investigó el incidente y despidió al agresor, un jefe, invocando el artículo 160 N°1 del Código del Trabajo. Aunque en primera instancia el despido fue calificado como injustificado y se ordenó una indemnización, la Corte corrigió este criterio.
El tribunal determinó que las conductas indebidas en espacios relacionados al ámbito laboral, aunque ocurran fuera de las dependencias de la empresa, pueden justificar medidas disciplinarias. Este fallo refuerza el deber de protección de los empleadores bajo el artículo 184 del Código del Trabajo y establece un importante precedente en la materia.
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Alerta laboral sentencia CA Stgo acoso sexual en espacios no laborales