​Alerta laboral: Nueva obligación de reporte de denuncias bajo la Ley Karin entra en vigencia

Nuestro consejero, Dr. Marcos López Oneto, director del área de Derecho del Trabajo y Litigación Laboral, destaca que a partir del 15 de abril de 2025, entra en vigencia una nueva obligación establecida por el artículo 6 de la Ley Karin (Ley N° 21.643) en cuanto a que los empleadores deben reportar todas las denuncias de acoso laboral, acoso sexual o violencia en el trabajo al organismo administrador del seguro de la Ley N° 16.744, que se encarga de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

🕒 Plazo: 5 días hábiles desde que se toma conocimiento de la denuncia.

📝 ¿Cómo reportar? Utilizando el Formulario Anexo N° 67, que se adjunta.

🔒 Esta medida busca fortalecer la prevención y protección en el entorno laboral, promoviendo espacios seguros y respetuosos para todos.

📌 Ver formulario N67 aquí

Alerta laboral denuncias Ley Karin formulario anexo N°67

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